Misión
Prestamos servicios notariales por delegación del estado, con seguridad jurídica en todos los actos de los que somos fedatarios, garantizando transparencia y legalidad de estos. Contamos con un excelente y comprometido equipo humano de trabajo, que nos permite consolidar la confianza y el respeto de las personas usuarias a los que servimos. con una infraestructura tecnológica de vanguardia y un enfoque de calidez humana, eficiencia y productividad.
Visión
En el año 2023, Ser reconocidos como los mejores prestadores de servicios notariales en la región. Destacándonos por la calidad, confiabilidad jurídica, agilidad y oportunidad con la que servimos a nuestras personas usuarias, con una infraestructura administrativa y locativa, que genere un entorno acogedor y de solidez en todos los aspectos para el desarrollo de nuestras actividades y el bienestar de toda la ciudadanía y equipo de trabajo.
Objetivos y funciones
• Promover estrategias que cumplan con estándares de calidad y garanticen a la persona usuaria la eficacia y eficiencia en la prestación de servicios notariales.
• Facilitar el acceso de la ciudadanía, adoptando proyectos y políticas que promuevan el desarrollo y avance tecnológico de la notaría y mejoren la calidad de vida de las personas usuarias.
• Contar con un grupo de trabajo con calidad humana, que dé respuesta y solución oportuna a las inquietudes de las personas usuarias y realice con rapidez y diligencia la entrega de los actos notariales que estos tramiten.
• Garantizar la satisfacción de la persona usuaria, implementando prácticas ambientales y de mejora continua.
• Fortalecer de manera integral los procesos que impacten la gestión notarial.
• Fomentar el respeto y desarrollo del ambiente laboral, generando inclusión para todas las personas colaboradoras de la notaría.
Funciones
De conformidad con el Estatuto del Notariado – Decreto 960 de 1970:
ARTÍCULO 3º. Compete a los Notarios:
Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las Leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.
Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados
Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos.
Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.
Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.
Expedir copias o certificaciones según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.
Dar testimonio escrito con fines jurídico – probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la Ley civil deban otorgarse ante ellos.
Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.
Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritos en la Ley.
Las demás funciones que les señalen las Leyes. Según el Parágrafo adicionado por el artículo 59 del Decreto-Ley 2106 de 22 de noviembre de 2019. Para el desarrollo y ejecución de las competencias relacionadas en este artículo, el notario podrá adelantar las actuaciones notariales a través de medios electrónicos, garantizando las condiciones de seguridad, interoperabilidad, integridad y accesibilidad necesarias.
Realizar conciliaciones en las materias autorizadas por la ley.
Organigrama
